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Requerimientos subjetivos en la participación en crímenes de lesa humanidad
-Comentario al fallo Álvarez García de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta-
Por Federico Rodríguez Spuch
“Entendemos que las reflexiones y consideraciones jurídicas efectuadas por la Cámara Federal de Salta resultan irreprochables y acordes a derecho. En primer lugar, la doctrina y la jurisprudencia nacional son unánimes en sostener que la responsabilidad objetiva resulta inadmisible en un derecho penal de hecho o de acto que consagra nuestra Constitución Nacional; ello, impide atribuir a un sujeto la autoría o participación en un delito por el simple hecho de ocupar un cargo en una estructura jerárquica u organizada. (…) En toda organización de cierta envergadura existe división y delegación de funciones; en su caso, para afirmar la existencia de una cooperación, en el grado que se trate, ésta debe ser demostrada y acreditada, tanto en sus aspectos objetivos como subjetivos.”
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Términos mencionados en esta doctrina: humanidad, partícipe, comisión, participación, crímenes, nacional, responsabilidad, presunto.